Desde el pasado 22 de marzo, algunas empresas están obligadas a contar con un Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO). Su objetivo es alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Para ello, el Plan de Igualdad empresarial establece un conjunto de medidas, objetivos, estrategias, prácticas, sistemas de seguimiento y evaluación.
En este artículo te contamos por qué tu empresa debe contar con un Plan de Igualdad y cómo elaborarlo.
Índice
Qué empresas están obligadas a elaborar un Plan de Igualdad
Tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades de hombres y mujeres en el ámbito laboral. Con esta finalidad, deberán acordar con los representantes legales de los trabajadores medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación.
Estas medidas podrán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad que es voluntario para todas las empresas excepto tres casos:
- Las empresas de cincuenta o más trabajadores.
- Las empresas cuyo convenio colectivo así lo establezca.
- En algunos casos, las empresas pueden elaborar y aplicar un plan de igualdad en sustitución de las sanciones derivadas de un procedimiento sancionador. Siempre que así lo acuerden con la autoridad laboral.
Ventajas de implementar un Plan de Igualdad empresarial
Más allá de este deber legal impuesto a algunas empresas y de su función básica de garantizar las mismas condiciones y oportunidades entre hombres y mujeres, definir un Plan de Igualdad evita la pérdida de talento, mejora el clima laboral y refuerza la responsabilidad social corporativa. En definitiva, aumenta el valor de cualquier empresa a partir de la maximización de todos sus recursos humanos.
Áreas de actuación del Plan de Igualdad
Procesos de selección
Por ejemplo, el Plan de Igualdad puede definir un protocolo de recursos humanos que garantice que el proceso de selección de personal se realiza de forma objetiva y sin sesgos discriminatorios. Centrándose en las competencias de los candidatos y evitando cuestiones personales que excedan las exigencias del puesto de trabajo a cubrir.
Promoción interna
Establecer un sistema de promoción basado en la meritocracia. Garantizar el acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad y directivos en las mismas condiciones que sus compañeros.
Formación
Ofrecer las mismas oportunidades de contenidos formativos a mujeres y hombres. Sensibilizar y concienciar en materia de igualdad a toda la plantilla.
Igualdad retributiva entre mujeres y hombres
Definir un sistema de retribución objetivo, equitativo y no discriminatorio con el objetivo de eliminar la brecha salarial de género. Garantizar que, en un mismo puesto de trabajo, hombre y mujeres obtengan la misma retribución fija y variable. En este apartado es de aplicación el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Es aconsejable definir un Plan de Transparencia Salarial.
Prevención de riesgos laborales
El plan de prevención de riesgos laborales debe contemplar las diferencias de género y considerar concretamente los riesgos para la reproducción, las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
La conciliación de la vida laboral y familiar
Es aconsejable implementar un Plan y Políticas de Conciliación que permita a toda la plantilla desarrollar su carrera profesional sin perjuicio de su vida personal y familiar. El objetivo principal ha de ser mejorar el bienestar personal de los trabajadores, creando condiciones favorables para mantener y captar talento.
Prevención del acoso sexual y por razón de sexo
En este punto también resulta recomendable definir un protocolo propio para la prevención de situaciones de acoso. Máxime si consideramos la responsabilidad penal en la que pueden incurrir las personas jurídicas tras la reciente Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.