El Impuesto Mínimo Global y MiCA entran en plena aplicación en 2026, y sus efectos en operaciones de M&A, reestructuraciones y sucesiones serán bastante profundos. Quien gestione una empresa familiar con estructura internacional o haya invertido en criptoactivos necesita entender qué está en juego. Estas normativas afectan directamente a la planificación patrimonial, a los procesos de due diligence y a la valoración de activos en cualquier transacción corporativa.
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Cómo afecta el Impuesto Mínimo Global a grupos empresariales y empresas familiares
El Impuesto Mínimo Global garantiza que los grandes grupos tributen al menos un 15% en cada jurisdicción donde operen. España ya ha transpuesto la Directiva europea mediante la Ley 7/2024, y el primer pago se realizará en julio de 2026.
El impacto va más allá de las multinacionales tecnológicas. Afecta a cualquier grupo con facturación consolidada superior a 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro ejercicios anteriores. Muchas empresas familiares con estructuras internacionales entran en este umbral sin ser conscientes de ello.
El mecanismo es muy claro. Si el tipo efectivo en una jurisdicción queda por debajo del 15%, surge la obligación de pagar un impuesto complementario. El cálculo implica ajustes contables sobre beneficios, nóminas y activos en cada país. Hay excepciones ligadas a la economía real, pero exigen documentación rigurosa y verificable.
Para operaciones de M&A, esto tiene consecuencias directas. El vendedor deberá presentar un informe país por país que compradores e inversores analizarán con detalle. Una estructura fiscal opaca puede reducir el valor de la operación o bloquearla por completo.
Las empresas tienen un período transitorio con reglas simplificadas hasta 2026, pero después se aplicará el sistema general. Quienes valoren una venta o reestructuración deben revisar ahora su posición fiscal.
MiCA y DAC8 transforman la fiscalidad y due diligence de criptoactivos
El Reglamento MiCA establece un marco europeo unificado para los criptoactivos. En España, el período transitorio finaliza el 1 de julio de 2026. A partir de esa fecha, solo podrán operar proveedores autorizados por la CNMV.
El Impuesto Mínimo Global y MiCA comparten un objetivo común. Eliminar zonas grises fiscales y aumentar la transparencia. Mientras el primero ataca la erosión de bases imponibles en estructuras societarias, MiCA cierra el cerco sobre los activos digitales.
Para empresas familiares que hayan invertido en criptomonedas, aunque sea de forma minoritaria o a través de family offices, las implicaciones son significativas. MiCA exige autorización para gestionar estos activos y obliga a publicar información detallada sobre riesgos.
El cambio más profundo llega con DAC8, la directiva de intercambio automático de información fiscal sobre criptoactivos. A partir de enero de 2026, los exchanges reportarán a Hacienda cada transacción realizada por usuarios residentes en la UE. Desde septiembre de 2027, esta información se intercambiará automáticamente entre administraciones tributarias europeas.
Cualquier discrepancia entre lo declarado en el IRPF y la información recibida de los exchanges será detectada con facilidad. Las plataformas informarán sobre saldos, operaciones y rendimientos de staking. Es un nivel de escrutinio similar al que existe para cuentas bancarias tradicionales.
En procesos de M&A, los criptoactivos serán objeto de análisis exhaustivo durante la due diligence. No tenerlos correctamente documentados puede ser motivo suficiente para que un comprador renegue del acuerdo.
Prepararse para el nuevo entorno fiscal exige planificación anticipada
El Impuesto Mínimo Global y MiCA son realidades que entran en vigor en pocos meses. La ventana para adaptarse es cada vez más limitada.
Para grupos empresariales, el primer paso es calcular el tipo efectivo real por jurisdicción y evaluar si surge obligación de pago complementario. Hay que revisar la documentación contable y preparar los informes que exigirán tanto la Agencia Tributaria como potenciales compradores.
Para quienes tengan exposición a criptoactivos, la prioridad es regularizar posiciones antes de que el intercambio automático de información haga visible cualquier inconsistencia. El Modelo 721 para activos en el extranjero y la correcta declaración de ganancias en el IRPF son el punto de partida obligado.
En operaciones de reestructuración o sucesión, ambas normativas añaden complejidad. Una escisión mal planificada puede generar tributación imprevista bajo el nuevo régimen. Una sucesión con activos digitales no declarados puede desencadenar procedimientos de comprobación.
La clave está en anticiparse. Revisar estructuras, documentar posiciones y contar con asesoramiento especializado. En Confianz trabajamos con empresas y grupos que necesitan claridad para tomar decisiones informadas en este nuevo entorno. La mejor decisión comienza con una conversación.
