El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su Sentencia del 27 de enero de 2022 en el asunto C-788/19, declara que la obligación de la presentación de la Declaración de bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720) y las sanciones derivadas del incumplimiento o del cumplimiento imperfecto o extemporáneo de dicha obligación, que no tienen equivalente en lo que respecta a los bienes o derechos situados en España, es contraria al principio de libre circulación de capitales y, por ende, del Derecho de la Unión Europea, en tanto que esta obligación puede disuadir a los residentes en España a invertir en otro Estado miembro de la Unión Europea.

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