Entre todas las medidas tributarias tendentes a favorecer la internacionalización de los trabajadores, resalta la “exención por trabajos realizados en el extranjero”. Así, la normativa que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas contempla la posibilidad de exceptuar de gravamen aquellas retribuciones salariales que se satisfagan al empleado por trabajos efectivamente desarrollados en el extranjero, con un límite anual de 60.100 euros (60.000 euros en la Comunidad Foral de Navarra).
Las claves para los planes de reestructuración en 2026
Planes de reestructuración en 2026: la oportunidad antes del “concurso sin masa” En 2025 se ha repetido un patrón preocupante: empresas con negocios viables que