NOTA INFORMATIVA DEPARTAMENTO LABORAL JUNIO 2016

Los trabajadores que no dispongan de día de descanso completo el próximo 26 de junio, tienen derecho a los siguientes permisos retribuidos dentro de la jornada laboral con el fin de que puedan acudir a las Elecciones Generales:

a)Trabajadores que participen como electores. Tienen derecho a un permiso de hasta 4 horas dentro de la jornada laboral para ejercer el derecho al voto, siempre que la jornada laboral coincida con el horario de apertura de los colegios electorales. De acuerdo a los siguientes términos:

  1.    Las personas que deseen ejercer su derecho a voto el día 26 de junio de 2016, cuya jornada laboral habitual en ese día, coincida en cuatro o más horas con el horario de apertura de los colegios electorales, disfrutarán de un permiso retribuido de cuatro horas, el cual deberá disfrutarse dentro del horario de apertura de los colegios electorales.
  2.  Si la coincidencia de la jornada habitual lo fuera en menos de cuatro horas, el permiso se reducirá al tiempo en que coincida con el horario laboral, y deberá disfrutarse dentro del horario de apertura de los colegios electorales.
  3. Estos permisos se reducirán proporcionalmente en su duración, si las y los trabajadores que deseen ejercer su derecho a voto tienen reconocida para ese día una jornada inferior a la habitual, legal o convenida.

Además, quienes  vayan a trabajar el día 26 de junio lejos de su domicilio habitual o en condiciones que dificulten el derecho al voto, disponen de un permiso retribuido de hasta 4 horas libres para que puedan formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo, así como para la remisión del voto por correo, que se puede solicitar hasta el día 6 de junio y enviar 20 de junio.

Si el trabajo se presta en jornada reducida, estos permisos se reducen proporcionalmente.

  1. b)Trabajadores que tengan la condición de Presidentes o Vocales de Mesas Electorales, e Interventores .Tienen derecho a permiso retribuido durante todo el día 26 de junio, y a una reducción de su jornada de trabajo de 5 horas el día 27.
  2. c) Trabajadores que tengan la condición deTienen derecho a permiso retribuido durante todo el día de la votación.

El ejercicio de estos permisos exige preaviso y justificación. A estos efectos  sirve como justificante la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente.



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