NOTA INFORMATIVA FEBRERO 2016
Los trabajadores que trabajan por cuenta ajena y simultáneamente desarrollan actividades como autónomos se encuentran en situación de PLURIACTIVIDAD y cotizan en cada uno de los regímenes (RGSS y RETA).
Si la suma total de las cotizaciones de ambos regímenes supera el tope máximo anual fijado por la ley, 12.245,98 euros para 2015, el trabajador tiene derecho a solicitar la devolución de cuotas a la Administración.
Para ello, debe presentar dentro del plazo establecido la solicitud TC 13/1 de Devolución de Ingresos Indebidos ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Plazo: Desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2016.
Más información: DEVOLUCION DE COTIZACIONES POR RAZON DE PLURIACTIVIDAD [PDF]